




BOLETA DE ACTUALIZACIÓN DE BENEFICIOS
Bienvenido Estimado / a Colegiado / a, se le recuerda que la designacion de beneficiarios tiene calidad testamentaria, razon por la cual el Fondo de Mutualidad del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica solamente puede entregar el dinero a las personas designadas por el colegiado, respetando asi la voluntad expresa del colegiado estando en vida.

INFORMACIÓN DEL COLEGIADO / A
REGISTRO O ACTUALIZACIÓN
BENEFICIARIOS

Beneficio por fallecimiento de la persona colegiada
El beneficio por fallecimiento constituye un auxilio economico que el Fondo de Mutualidad y subsidios del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica le entrega a los seres queridos designados en la Boleta de Beneficiarios en caso de fallecimiento solamente del colegiado/a.
En el presente periodo, en caso de fallecimiento natural de la persona colegiada entre los 5 a 15 años de incorporación al colegio se entregan ₡6.000.000 si el fallecimiento es por (enfermedad o vejez) . Si la causa de fallecimiento indicada en el certificado de defuncion es accidental (laboral o no), el beneficio se eleva en un 50% adicional, es decir se entregan ₡9.000.000 los miembros de 15 a 30 años de incorporacion al colegio en caso de fallecimiento natural de la persona colegiada (enfermedad o vejez), se entregan ₡10.000.000. Si la causa de fallecimiento indicada en el certificado de defuncion es accidental (laboral o no), el beneficio se eleva en un 50% adicional, es decir se entregan ₡15.000.000 y los miembros con más de 30 años de incorporación al colegio en caso de fallecimiento natural de la persona colegiada (enfermedad o vejez), se entregan ₡15.000.000. Si la causa de fallecimiento indicada en el certificado de defuncion es accidental (laboral o no), el beneficio se eleva en un 50% adicional, es decir se entregan ₡22.000.000.
NOTA IMPORTANTE
Se les recuerda que el beneficio por fallecimiento de la persona colegiada en un beneficio que brinda el Fondo Mutualidad del Colegio de Contadores Públicos a los Colegiados por los años de colegiatura que pagaron en su trayectoria laboral motivo por el cual las personas Pensionadas exoneradas del pago de colegiatura puede optar por los beneficiarios y Subsidios que brinda el Fondo Mutualidad del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica
ADELANTO DEL BENEFICIO POR FALLECIMIENTO
Se trata de un apoyo económico que se brinda a las personas colegiadas que mantengan más de 15 años de colegiatura esto con el fin de dar la opción al usuario de disfrutar estando en vida de un porcentaje del monto de entrega del beneficio por fallecimiento, la persona colegiada debe estar al día con sus obligaciones financieras , y no tener créditos en cobro judicial con el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica y contar con firma digital institucional certificada por el Fondo de Mutualidad del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.
NOTA IMPORTANTE
En situaciones en las que el colegiado este atravesando enfermedades en fase terminal o alguna situación de salud que les impida laborar de forma permanente el reglamento, en esas situaciones el Fondo de Mutualidad y subsidios del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica puede adelantar en vida hasta un 75% del Beneficio por fallecimiento, otorgado en uno o varios tractos (depende de cada situación). Para el 2025, el monto máximo de este adelanto es de ¢6.000.000.
La persona colegiada debe tener al dia el pago de su colegiatura frente a Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica o estar jubilado /a para estar excepto de pago y contar con firma digital institucional.


PROCESO DE AUTOGESTIÓN DE CERTIFICADO DIGITAL
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA SUGEF
EL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA PONE A DISPOSICIÓN DE LOS USUARIOS VINCULADOS AL COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA EL SISTEMA GAUDI INSTITUCIONAL DE SOLICITUD PARA RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS DE FIRMA DIGITAL INSTITUCIONAL CON EL FIN DE VERIFICACIÓN DE TRÁMITES VIRTUALES ANTE EN FONDO MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS DEL COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS.


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